Boletín Informativo

Procedimiento para la determinación del IVA por enajenaciones a empresas PITEX, Maquiladoras y de Comercio Exterior


Para efecto de la aplicación práctica del Art. 31 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con vías a la determinación del valor de enajenaciones consideradas como exportaciones grabadas a la tasa del 0% cuando las operaciones se realizen entre una empresa residente en México y una con Programa PITEX , Maquiladora ó de Comercio Exterior; hemos considerado resolver la interrogante con el siguiente sumario:

1. Caso práctico
1.1 Cálculo de la proporción
1.2 Importe máximo que podrá considerarse como "exportación"
1.3 Importe que la empresa identifica como "exportación"
1.4 Valores que se deben considerar como "exportación para efectos del IVA
1.5 Determinación del IVA por las operaciones realizadas

1. Caso práctico
DATOS
Tipo de empresa a la que se efectúa la enajenación
PITEX(1)
MAQUILADORA (2)
ECEX(3)
Importe de las enajenaciones
$60,000.00
$25,000.00
$48,000.00
Importe de las exportaciones definitivas de la empresa PITEX, Maquiladora o ECEX, en el trimestre anterior a la fecha de la operación
150,000.00
120,000.00
- - -
Ventas totales de la empresa PITEX, Maquiladora o ECEX, en el trimestre anterior a la fecha de la operación
$200,000.00
$135,000.00
- - -

(1) Empresas que cuentan con programa de importación temporal para producir artículos de exportación
(2) Empresas catalogadas como maquiladoras de exportación
(3) Empresas de comercio exterior


1.1 Cálculo de la proporción
PITEX
MAQUILADORA
ECEX *
Exportaciones definitivas
$150,000.00
$120,000.00
- - -
Entre:
Total de Ventas
200,000.00
135,000.00
- - -
Igual:
Proporción
0.75
0.89
- - -

*Las enajenaciones a empresas de comercio exterior se consideran como exportación en su totalidad, por lo que en este caso no es necesario determinar la citada proporción.

1.2 Importe máximo que podrá considerarse como "exportación"
PITEX
MAQUILADORA
ECEX
Valor de las enajenaciones
$150,000.00
$25,000.00
$48,000.00
Por:
Proporción
0.75
0.89
1.00
Igual:
Importe máximo que podrá considerarse como exportación
$45,000.00
$22,250.00
$48,000.00

1.3 Importe que la empresa identifica como "exportación"
PITEX
MAQUILADORA
ECEX
Valor de las enajenaciones
$60,000.00
$25,000.00
$48,000.00
Por:
Parte que se conoce como exportará*
50%
95%
100%
Igual:
Importe de la exportación
$30,000.00
23,750.00
48,000.00

*Cuando las empresas PITEX o maquiladoras -a las que se efectúa la enajenación- puedan indetificar la proporción de las compras que destinarán a la exportación definitiva, se considerará que el enajenante exporta dichos bienes hasta por dicha proporción.


1.4 Valores que se deben considerar como "exportación" para efectos del IVA
PITEX
MAQUILADORA
ECEX
Importe de la exportación
$30,000.00
$25,750.00
$48,000.00
Menor que:
Mayor que:
Igual que:
Importe máximo que podrá considerarse como operación
45,000.00
22,250.00
48,000.00
Entonces:
Exportación para efectos del IVA*
$30,000.00
$22,250.00
$48,000.00

*El importe de la exportación para efectos del IVA, en ningún caso podrá exceder a la determinada conforme al punto 1.2


1.5 Determinación del IVA por las operaciones realizadas
PITEX
MAQUILADORA
ECEX
A la tasa 0%
Exportación para efectos del IVA
$30,000.00
$22,250.00
$48,000.00
Por:
Tasa del IVA
0%
0%
0%
Igual:
Impuesto trasladado por exportaciones
$0.00
$0.00
$0.00
A la tasa 15%
Valor de las enajenaciones
$30,000.00
$2,750.00
$0.00
Por:
Tasa de impuesto
15%
15%
15%
Igual:
Impuesto trasladado por enajenación nacional
$4,500.00
$412.50
$0.00
Resumen
Importe de las enajenaciones
$60,000.00
$25,000.00
$48,000.00
Más:
Impuesto trasladado
4,500.00
412.50
0.00
Igual:
Importe total de la operación
$65,000.00
$25,412.50
$48,000.00


Febrero de 1997


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