Circular: C0398-2006

Piedras Negras, Coahuila, a 21 de Junio de 2006.

ASUNTO:

Pago del Certificado Fitozoosanitario de Importación en el Pedimento (Boletin P-065).


A TODOS LOS USUARIOS:

En seguimiento a nuestra Circular No. C0300-2006 del 17 de mayo del presente, les damos a conocer el Boletin P-065 emitido por la Coordinacion de Soluciones de Negocios para Aduanas de la AGCTI del SAT para informar que próximo 15 de julio entrará en vigor en todas las aduanas la obligación de realizar el pago correspondiente a la expedición del Certificado Fitozoosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) en el pedimento.

Para tal efecto será obligatoria la declaración a nivel pedimento de la contribución 18 (Expedición de Certificado de Importación por parte de la SAGARPA), cuando se trate de mercancías cuya importación este sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Clave A1 del apéndice 9 del anexo 22).

Los derechos pagados con formulario múltiple antes de la fecha en comento NO podrán ser utilizados después del 15 de julio; lo anterior se hace de su conocimiento a fin de que  se tomen las medidas pertinentes.

Es importante señalar que el validador únicamente permitirá las siguientes formas de pago:

1. Efectivo
2. Pago ya efectuado

Lo anterior con fundamento en el acuerdo tomado con dicha Secretaría con el objeto de agilizar el despacho de aquellas mercancías que requieran cumplir con la presentación de dicho certificado.

Sin mas por el momento, enviamos un cordial saludo.

    Atentamente.


    Lic. Octavio Chancey Rodriguez.
    Administrador de Operacion.