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Circular: C0343-2006

Piedras Negras, Coahuila, a 02 de Junio de 2006.

ASUNTO:

Control de Inventarios de Empresas Duty Free (Boletin P-060).


A TODOS LOS USUARIOS:

Les damos a conocer el Boletin P-060 emitido por la Coordinacion de Soluciones de Negocios para Aduanas de la AGCTI del SAT, el cual con relación a lo que establece el apartado A, numeral 7 de la regla 3.6.14 que señala lo siguiente:

3.6.14.     Para los efectos del artículo 121, fracción I de la Ley, las personas morales interesadas en obtener autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, además de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 121, fracción I de la Ley y 164 de su Reglamento, así como 18 y 19 del Código, deberán:
A.       …………
……………….
7.       Contar con los medios de cómputo que le permitan llevar un registro diario de sus operaciones mediante un sistema automatizado de control de inventarios, conforme a los lineamientos que al efecto emita la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de Información, que asegure el correcto manejo de las mercancías, por cuanto a entradas, salidas, traspasos, retornos, bienes dañados o destruidos y ventas a pasajeros o a representaciones diplomáticas extranjeras acreditadas en México.

Por lo que a traves de este boletin se reitera que dicha obligación entró en vigor el pasado 1 de Junio y que los lineamientos se encuentran publicados en la página de Aduanas en el apartado descarga de archivos  http://www.aduanas.gob.mx/webadunet/aga.aspx?Q=descargas

Sin mas por el momento, enviamos un cordial saludo.

    Atentamente.


    Lic. Octavio Chancey Rodriguez.
    Administrador de Operacion.