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Circular: C0244-2006

Piedras Negras, Coahuila, a 24 de Abril de 2006.

ASUNTO:

Parte II (Boletín P-037)


A TODOS LOS USUARIOS:

Por este conducto les damos a conocer el Boletín P-037 de fecha 21 de abril emitido por la Coordinación de Soluciones de Negocios para Aduanas de la AGCTI del SAT para informar que aquellos pedimentos partes II anteriores al 9 de Agosto de 2005 que tengan más de 4 meses y que a la fecha se encuentren pendientes de presentar alguna remesa del pedimento, se consideran “desaduanados” y en su caso “cumplidos”.

Para aquellos pedimentos posteriores a dicha fecha, el plazo será de 30 días naturales excepto las máquinas desmontadas o sin montar todavía o líneas de producción completas o construcciones prefabricadas desensambladas, cuyo plazo será de 4 meses.

El plazo se contabilizará a partir de la fecha en que se presentó ante el mecanismo de selección automatizada la primera parte II de cada pedimento.

Lo anterior con fundamento en la regla 2.6.8 que señala:

2.6.8.        Para los efectos de los artículos 36 y 43 de la Ley, los pedimentos únicamente podrán amparar las mercancías que se presenten para su despacho en un solo vehículo, salvo cuando se trate de las operaciones y mercancías que se enlistan a continuación, en cuyo caso, se estará a lo establecido en esta regla:
…………………………..

B.       …………………………..

El pedimento se deberá presentar en el momento del despacho de las mercancías contenidas en el primer vehículo que las transporte. En todos los embarques, incluido el transportado por el primer vehículo, deberá presentarse con cada vehículo, debidamente requisitada, la Parte II del pedimento. Sin la presentación de esta Parte II no se podrá efectuar el despacho, aun cuando se presente la otra parte del pedimento, o cuando el embarque se presente en un plazo mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de despacho del primer vehículo, salvo para lo dispuesto en el numeral 2 del rubro A de la presente regla, en cuyo caso, el plazo máximo será de 4 meses.

…………………………..             

En caso de dudas favor de comunicarse con Anel Márquez Saldaña al teléfono 91576966 ó vía correo electrónico a la cuenta anel.marquez@sat.gob.mx.

Sin mas por el momento, se envía un cordial saludo.

 

    Atentamente.


    Lic. Octavio Chancey Rodríguez.
    Administrador de Operación.