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Circular: C0359-2005

Piedras Negras, Coahuila, a 10 de mayo de 2005.

ASUNTO:

PITEX Y MAQUILA Certificadas (Boletin P-055).

A TODOS LOS USUARIOS:

Por este conducto damos a conocer el Boletin P-055 de fecha de hoy emitido por la Administracion Central de Informatica de la Administracion General de Aduanas, en el cual se informa que el día de hoy se liberó a nivel nacional la modificación al validador, para dar cumplimiento al artículo tercero del Acuerdo por el que se establecen beneficios específicos para empresas certificadas que cuenten con Programa de Operación de Maquila de Exportación o de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación que dice:

ARTICULO TERCERO.- La Secretaría otorgará a las empresas certificadas que cuenten con programa, los siguientes beneficios:
I. Tendrán autorizadas todas las fracciones arancelarias para la importación temporal de las mercancías requeridas para realizar sus procesos productivos, sin necesidad de tramitar ante la Secretaría ampliación de programa.

II. Se les exime del cumplimiento del Acuerdo por el que se establecen requisitos específicos para la importación temporal de mercancías, salvo lo dispuesto en el artículo 3o. fracciones I y II del mismo, en cuyo caso, las empresas certificadas que cuenten con programa podrán sujetarse a los casos de excepción previstos en la fracción II de que se trata.
…………………………

Para cualquier duda o comentario comunicarse con Anel Márquez Saldaña (anel.márquez@sat.gob.mx 9157-6711).

Sin otro asunto por el momento, quedo de ustedes.

 

Atentamente

Lic. Octavio Chancey Rodriguez.
Administrador de Operacion.

 

Asociación de Agentes Aduanales de Piedras Negras, A.C.