![]() |
Circular: C0552-2005
Piedras Negras, Coahuila, a 29 de julio de 2005. |
|
ASUNTO: |
Se prorroga la vigencia de las autorizaciones de las empresas de la industria automotriz, para el establecimiento de depósitos fiscales |
|
A TODOS LOS USUARIOS: De la publicación del DOF del día 23 de Marzo de 2005 de las "Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2005", la cual nos señala en el artículo décimo cuarto, la prórroga a la vigencia de las autorizaciones de las empresas de la industria automotriz terminal, o manufacturera de vehículos de autotransporte, a que se refiere el artículo 121, fracción IV de la Ley Aduanera ( Modalidad de Depósito Fiscal, para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal), del 31 de marzo de 2005 hasta el 30 de junio de 2005. Al respecto, la Administración Central de Operación Aduanera, hace de nuestro conocimiento, que se solicitó que en la Primera Resolución de Modificaciones a las citadas reglas, se modifique el citado artículo, a fin de que se prorrogue dicha vigencia, hasta el 31 de agosto de 2005. Sin otro asunto por el momento, quedo de ustedes
Atentamente
Lic. Octavio Chancey Rodríguez. |
||