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Circular: C0532-2005

Piedras Negras, Coahuila, a 20 de julio de 2005.

ASUNTO:

Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar atún procesado, excepto lomos, originario de los países de la Comunidad Europea.

A TODOS LOS USUARIOS:

Hacemos de su conocimiento, que la Secretaría de Economía dio a conocer en el D.O.F. del 19 de julio del 2005, el "Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar atún procesado, excepto lomos, originario de los países de la Comunidad Europea, en el periodo de julio de 2005 al 30 de junio de 2006.", el cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación y concluirá su vigencia el 30 de junio de 2006.

Características del cupo:

Fracciones arancelarias:

1604.14.01, 1604.14.99, 1604.19.01, 1604.20.02

Producto:

Atún procesado, excepto lomos

Cantidad del cupo:

4,500 tonelada métricas

País de Origen:

Países de la Comunidad Europea

Tipo de Asignación:

Directa, mediante la modalidad, "Primero en tiempo, primero en derecho".

Beneficiarios:

Personas físicas y morales establecidas en México.

Vigencia máxima de los certificados:

Al 30 de junio de 2006.

Observaciones:

El certificado de cupo es nominativo e intransferible, y deberá ser retornado a la oficina que lo expidió, dentro de los quince días siguientes al término de su vigencia.

Hoja de requisitos específicos:

Ver archivo anexo

                      Sin otro asunto por el momento, quedamos de ustedes.

Atentamente

Lic. Octavio Chancey Rodríguez.
Administrador de Operación.

 

Asociación de Agentes Aduanales de Piedras Negras, A.C.