logo.gif (2386 bytes)

Circular: C0526-2005

Piedras Negras, Coahuila, a 19 de julio de 2005.

ASUNTO:

Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar miel de abeja, preparación usada en panadería, harina y polvo de carne o despojos y ácido esteárico de vacuno, originarios de Uruguay.

A TODOS LOS USUARIOS:

Hacemos de su conocimiento, que la Secretaría de Economía dio a conocer en el D.O.F. del 18/07/2005, el "Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar miel de abeja, preparación usada en panadería, harina y polvo de carne o despojos y ácido esteárico de vacuno, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay", el cual entrará en vigor el día de su publicación.

Características del cupo:

    Fracción arancelaria

    Descripción del producto

    Cupo

    Toneladas Métricas (T.M.) para cada periodo

    0409.00.01

    Miel de abeja.

    500

    2106.90.02

    Preparación usada en panadería, pastelería y galletería, chocolatería y similares, cuando contenga 15% a 40% de proteínas, 0.9% a 5% de grasas, 45% a 70% de carbohidratos, 3% a 4% de minerales y 3% a 8% de humedad.

    4,200

    2301.10.01

    2301.10.99

    Harina y polvo de carne o despojos.

    3,000

    3823.11.01

    Acido esteárico de vacuno para ser utilizada como materia prima para la fabricación de estearina refinada.

    3,500

País de Origen:

Uruguay

Tipo de Asignación:

Directa, mediante la modalidad, "Primero en tiempo, primero en derecho".

Beneficiarios:

Personas físicas y morales establecidas en México.

Vigencia máxima de los certificados:

Al 14 de julio de cada año.

Hoja de requisitos específicos:

Ver Anexo

Sin otro asunto por el momento, quedamos de ustedes.

 

Atentamente

Lic. Octavio Chancey Rodríguez.
Administrador de Operación.

 

Asociación de Agentes Aduanales de Piedras Negras, A.C.