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Circular: C0487-2005

Piedras Negras, Coahuila, a 05 de julio de 2005.

ASUNTO:

Alcance a lo señalado en la Circular No. C0459-2005 de fecha 24 de junio de 2005.

A TODOS LOS USUARIOS:

En seguimiento a lo señalado en la Circular No. C0459-2005 de fecha 24 de junio de 2005, nos permitimos realizar las siguientes recomendaciones:

1.- Invitar a los importadores para que actúen conforme a lo señalado en los Boletines P070 y P093 de mayo 16 y junio 17 de 2003, respectivamente que se anexan, es decir, a que acudan a la Administración Local de Recaudación que les corresponda para aclarar la situación.

Nota: Los números de boletín antes referidos son conforme a los números internos designados por la ACI y no conforme a los números que se dan a conocer al público en general.

2.- En caso de que por alguna razón concreten operaciones de este tipo, dar un seguimiento detallado a las alertas recibidas ya que si las mismas no son atendidas en tiempo y forma, pueden ocasionar situaciones que obstaculicen las operaciones de comercio exterior del R.F.C. que tiene el problema.

Cabe mencionar que este tema será tratado en la próxima reunión de la Comisión SAAI, para analizar la posibilidad de que la Administración Central de Informática emita un Boletín especificando el procedimiento a seguir para solventar esta problemática, así como los plazos aplicables para tal efecto.

Sin otro asunto por el momento, quedo de ustedes.

 

Atentamente

Lic. José Lorenzo Medellín Lerma.
Abogado.

 

Asociación de Agentes Aduanales de Piedras Negras, A.C.