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Circular: C0597-2005

Piedras Negras, Coahuila, a 15 de agosto de 2005.

ASUNTO:

Liberación Nacional y Piloto (Boletín P-093).

A TODOS LOS USUARIOS:

Les damos a conocer el Boletín P-093 de fecha 12 de agosto del presente año emitido por la   Administración de Soluciones de Negocio de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información del SAT para informar que el día jueves 14 de julio del año en curso, se liberó a nivel nacional la versión del Validador que contiene las modificaciones indicadas en el Boletín P-078 difundido a través de la Circular No. C0503-2005 del 11 de julio del 2005, las cuales fueron probadas en las aduanas de Chihuahua, Reynosa, Veracruz y Lázaro Cárdenas.

Asimismo, se comunica que hoy lunes 15 de agosto se instalará una nueva versión piloto en las aduanas de Reynosa y Veracruz, conteniendo las modificaciones que se señalan enseguida, misma que se liberará nacional una vez confirmado su correcto funcionamiento.

- Se incorpora la validación de complementos para el identificador EX "Exención de otorgamiento de cuenta aduanera de garantía", de acuerdo con la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicada en el DOF el 8 de agosto de 2005.

- Se mejoran los criterios de validación de aranceles para el Impuesto General de Importación y Exportación en operaciones al amparo de ALADI, Notas de ALADI, TLC's, Aranceles Mixtos y Específicos, Mercancías con contenido de Azúcar, con Certificado de No Sugar Reexport, Descuentos sobre advalorem y TIGIE en general.

- En rectificaciones a pedimentos consolidados, se exigirá la declaración del identificador PC "Pedimento consolidado".

- Se incorporan los criterios de validación para los pedimentos K1 de importación y exportación, utilizando el identificador a nivel pedimento V1, de acuerdo con la Regla de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 5.2.9.

- Se incorpora la reforma a la fracción XX del Apartado A del Anexo 21 de las RCGMCE, cuando para la Aduana de Reynosa se declare el identificador CF ó el permiso CP, que entrará en vigor el 18 de agosto de 2005.

- Se corrige la validación del importe de cuotas compensatorias cuando se utiliza más de una forma de pago.

Sin otro asunto por el momento, quedo de Ustedes.

 

Atentamente

 

Lic. Octavio Chancey Rodríguez.
Administrador de Operación.