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Circular: C0597-2005
Piedras Negras, Coahuila, a 15 de agosto de 2005. |
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ASUNTO: |
Liberación Nacional y Piloto (Boletín P-093). | ||
A TODOS LOS USUARIOS: Les damos a conocer el Boletín P-093 de fecha 12 de agosto del presente año emitido por la Administración de Soluciones de Negocio de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información del SAT para informar que el día jueves 14 de julio del año en curso, se liberó a nivel nacional la versión del Validador que contiene las modificaciones indicadas en el Boletín P-078 difundido a través de la Circular No. C0503-2005 del 11 de julio del 2005, las cuales fueron probadas en las aduanas de Chihuahua, Reynosa, Veracruz y Lázaro Cárdenas. Asimismo, se comunica que hoy lunes 15 de agosto se instalará una nueva versión piloto en las aduanas de Reynosa y Veracruz, conteniendo las modificaciones que se señalan enseguida, misma que se liberará nacional una vez confirmado su correcto funcionamiento. - Se incorpora la validación de complementos para el identificador EX "Exención de otorgamiento de cuenta aduanera de garantía", de acuerdo con la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicada en el DOF el 8 de agosto de 2005. - Se mejoran los criterios de
validación de aranceles para el Impuesto General de Importación y Exportación en
operaciones al amparo de ALADI, Notas de ALADI, TLC's, Aranceles Mixtos y Específicos,
Mercancías con contenido de Azúcar, con Certificado de No Sugar Reexport, Descuentos
sobre advalorem y TIGIE en general. - Se incorporan los criterios de validación para los pedimentos K1 de importación y exportación, utilizando el identificador a nivel pedimento V1, de acuerdo con la Regla de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 5.2.9. - Se incorpora la reforma a la fracción XX del Apartado A del Anexo 21 de las RCGMCE, cuando para la Aduana de Reynosa se declare el identificador CF ó el permiso CP, que entrará en vigor el 18 de agosto de 2005. - Se corrige la validación del importe de cuotas compensatorias cuando se utiliza más de una forma de pago.
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