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Circular: C0581-2005
Piedras Negras, Coahuila, a 09 de agosto de 2005. |
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ASUNTO: |
Modificación a los identificadores CS y PD. (Boletín P084) |
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A TODOS LOS USUARIOS: Damos a conocer el Boletín P-084 de fecha 05 de agosto del presente año emitido por la Administración de Soluciones de Negocios para Aduanas de la Administración General de Aduanas, para informar de la próxima publicación sobre las modificaciones a los identificadores CS y PD del Apéndice 8 del Anexo 22 de las reglas generales en materia de comercio exterior, mismas que se solicitaron con Oficio 326-SAT-I-20011 del cuál se anexa copia. Por lo anterior y en alcance a la Circular no. C0382-2002 de fecha 23 de septiembre de 2002 se informa que, para cumplir con lo dispuesto en la regla 2.6.8. rubro D, es decir cuando sean operaciones donde se utilicen copias simples (identificados CS complemente 2), para mercancía a granel, será necesario declarar el identificador PM con su complemente "G" (Granel). Por otro lado, en los casos en que se pretenda importar o exportar máquinas desmontadas o sin montar todavía o líneas de producción completas o construcciones prefabricadas desensambladas con un pedimento partes II, será necesario que se declare el complemento 2 del identificador PD para que el SAAI otorgue el plazo de los 4 meses que señala el segundo párrafo del rubro B de la regla 2.6.8.
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